En un artículo anterior publicado en la página web de nuestro despacho de abogados de Barcelona, relativo a los requisitos de entrada en España por puesto fronterizo, se mencionó que los extranjeros que quieran entrar en España (cruzando la frontera exterior Schengen) deben justificar el objeto, condiciones de estancia y acreditar medios económicos suficientes (artículo 6 del Código de Fronteras Schengen).
En el presente artículo nos vamos a centrar en la carta de invitación de particular, pues es uno de los medios más conocido para justificar el motivo de entrada en los viajes de carácter turístico o privado. Es preciso mencionar que los documentos justificativos del motivo del viaje a España dependen del tipo de viaje que se realice. De esta forma, un viaje profesional se podría acreditar mediante la invitación de una empresa y un viaje de carácter turístico o privado mediante un documento de hospedaje, billete de vuelta, carta de invitación, etc.
¿Cómo escribir una carta de invitación?
La carta de invitación de particular para justificar el motivo de entrada en los viajes se encuentra regulada en la Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo.
Aquella persona que invite a un extranjero en España, deberá hacer una solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia. Dicha solicitud debe contener los aspectos que menciona el artículo 2 de la Orden PRE/1283/2017, que son:
1. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o lugar completo de residencia.
2. Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso, determinará el lugar concreto.
El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).
3. Relación o vínculo que mantiene con el invitado.
4. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado. Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la invitación podrá referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas.
5. Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.
6. Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.
Igualmente se informará al invitador que favorecer la inmigración clandestina puede ser constitutivo de delito o infracción administrativa.
Una vez recibida la solicitud con la información mencionada, se iniciará la tramitación, nombrándose un agente de policía como instructor de dicho procedimiento; quien a la vista de la solicitud y documentación aportada (y en su caso de la entrevista personal con el invitador) deberá resolver.
La resolución podrá ser favorable o desfavorable. En caso de estimarse la solicitud, se notificará al interesado para que vaya a recoger la Carta de Invitación, debiéndose pagar previamente la tasa correspondiente.
En caso de denegación de la solicitud, la resolución deberá ser motivada, expresando los recursos que proceda, el órgano administrativo o judicial ante el que se debe interponer y el plazo para hacerlo.
Foto: Pixbay
Que opinan nuestros clientes sobre nuestros servicios
En nombre de mi padre y mío quedamos muy satisfechos con la primera visita que realizamos con vosotros, vimos una implicación desde el primer momento, nos transmitisteis confianza y salimos de vuestro despacho llenos de esperanza, ya que es incomprensible que pase esto después de trabajar una vida, y cumpliendo todos los requisitos, no es justo que le denegaran esta ayuda. Yo os estoy muy agradecida de que nos llevéis el caso y tengo plena confianza en vosotros y espero una resolución justa ya que mi padre se lo merece. “
Gracias.
Saludos,
Sandra Dueñas
El equipo de abogados de Barcelona Marin Pasalodos
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