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El despacho de abogados de Barcelona MARIN & PASALODOS pone a su disposición un equipo de abogados y economistas que le permitirán obtener con las máximas garantías la devolución del importe exacto abonado indebidamente a consecuencia de cláusulas suelo y gastos de constitución de hipoteca (u otras posibles cláusulas abusivas). Consúltenos sin ningún tipo de compromiso sobre las cantidades que puede reclamar, en aplicación de la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo sobre la nulidad de las cláusulas abusivas, así como especialmente (aunque no exista en el contrato cláula suelo) sobre la nulidad de la imposición al consumidor de la obligación de asumir en solitario los gastos e impuestos originados por la constitución de la hipoteca. La contratación de nuestros servicios, después de un estudio gratuito de su caso, implica una notable diferencia con respecto a otras webs en que calculan de una forma sólo aproximada cuál va a ser el montante de su devolución; en nuestro caso disponemos de profesionales tanto del área jurídica como del área económica, que estudiarán cada caso concreto y determinarán el importe exacto de su devolución, contando con la intervención de peritos economistas que actuarán en el juicio correspondiente sin coste adicional para el cliente.

RECLAMACIÓN DE GASTOS CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA

i. ANÁLISIS PREVIO: se analiza si constan en la escritura de préstamo hipotecario CLÁUSULAS ABUSIVAS en general, pero específicamente si existe cláusula que obligue a la parte prestataria a hacerse cargo de los gastos de constitución de la hipoteca. Dicha cláusula tendrá un texto del estilo siguiente: “Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por lo pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente”.

Estas cuestiones serán examinadas con el asesoramiento de los abogados y economistas, y se realizará una primera estimación provisional del importe aproximado que procede reclamar, sin coste alguno para el cliente.

¿Como se recupera el dinero abonado indebidamente?

ii. Procedimiento de SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL con carácter previo a la interposición de demanda judicial

Lo que aconsejamos en primer lugar, es reclamar de forma extrajudicial al servicio de atención al cliente o al defensor del cliente (disponemos de un modelo estándar, pero es conveniente preguntar en cada entidad bancaria, pues muchas de ellas disponen de un modelo propio a disposición de los clientes). Este trámite extrajudicial es voluntario para el consumidor, pero obligatorio para la entidad bancaria en caso de ser iniciado por el consumidor.

Tras la reclamación, la entidad bancaria debe efectuar un cálculo de la cantidad a devolver y remitirlo al consumidor desglosando dicho cálculo. Si la entidad bancaria considera que no procede ninguna devolución, comunicará las razones de su negativa frente a la reclamación.

El consumidor deberá manifestar si está conforme o no con el cálculo efectuado por la entidad bancaria, para lo que contará con el soporte del equipo de abogados y economistas a la hora de revisar la propuesta que pueda producirse por parte del banco > se revisará la corrección de los cálculos realizados y las condiciones jurídicas de la propuesta formulada por la entidad bancaria. Si hubiera conformidad, las partes acordarán la devolución que corresponda (del importe exacto abonado indebidamente a consecuencia de cláusulas suelo y gastos de constitución de hipoteca u otras posibles cláusulas abusivas).

Durante el tiempo que dure la reclamación previa, las partes no podrán iniciar contra la otra ninguna acción judicial o extrajudicial sobre la misma controversia.

Si transcurren TRES MESES desde la presentación de la reclamación, y se produce alguno de los siguientes supuestos (i) respuesta negativa a la reclamación, (ii) no existir respuesta, (iii) disconformidad del consumidor con la propuesta de la entidad bancaria o (iv) no puesta a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida, entonces el siguiente paso deberá ser la reclamación judicial.

iii. VÍA JUDICIAL

Mediante demanda judicial, se solicita la declaración de la nulidad de la cláusula abusiva (que obliga al banco a la devolución de todas las cantidades indebidamente cobradas).

iv. No es posible una acción colectiva, puesto que cada caso tiene sus propias características.

¿Que gastos hay para solicitar su importe?

v. COSTE DE LA RECLAMACIÓN para el cliente

a. Depósito inicial para gastos en el momento de realizar el encargo profesional a los abogados para iniciar la fase reclamación extrajudicial

Debe realizarse una entrega a cuenta inicial de 100 euros en concepto de gastos del procedimiento extrajudicial.

b. Si se logra una solución satisfactoria en vía extrajudicial

El importe en honorarios es de: 100 euros por gastos del procedimiento extrajudicial (ya habrán sido entregados previamente -depósito inicial-) + 15% de la cantidad recuperada en conceptos de honorarios.

c. Si es necesario acudir a la vía judicial

Con carácter previo a la interposición de la demanda judicial: debe realizarse una entrega a cuenta inicial de 300 euros en concepto de gastos de abogado y procurador.

Cuando finalice el procedimiento, sólo se devengan honorarios si se consigue un beneficio económico para el cliente:

a) Si la entidad bancaria es condenada a pagar costas (ocurre en el 80% de las reclamaciones), el cliente NO tendrá costes de abogados/procurador > el cliente pagará a los abogados/procurador el importe que finalmente pague el banco en concepto de costas (minorado en 300 euros, de tal modo que el cliente recupera el depósito inicial de 300 euros hecho como requisito para iniciar la fase judicial).

b) En caso de que se consiga un beneficio económico (cantidad) para el cliente, pero el banco no sea condenado a abonar los costes del proceso judicial (ocurre en el 20% de las reclamaciones), el importe de nuestros honorarios es de: 300 euros por costes del procedimiento (ya entregados al inicio de la reclamación judicial) + 20% de la cantidad recuperada en concepto de honorarios.

c) Si no se consigue ningún beneficio económico o indemnización a favor del cliente, el importe de nuestros honorarios es únicamente de 300 euros por costes del procedimiento (ya entregados al inicio de la reclamación judicial); no se deberá pagar ningún importe adicional.

¿Que documentos necesita para la devolución de su dinero?

vi. DOCUMENTACIÓN NECESARIA que deberá ser remitida (preferentemente escaneada) por el cliente (se puntea la documentación que es aportada en ficha que se anexa en el apartado siguiente):

• Escrituras de hipoteca, ampliaciones o novaciones posteriores
• Recibo reciente de pago de hipoteca (sólo si sigue vigente)
• Factura de la gestoría tramitadora
• Factura del notario
• Factura del Registro de la Propiedad
• Carta de pago de impuesto actos jurídicos documentados (AJD)
• Tasación
• Certificado de empadronamiento (sólo si es la vivienda habitual)
• Escritura de cancelación de hipoteca (si estuviera cancelada)

DESCARGAR LA FICHA CLIENTE PARA PEDIR LA DEVOLUCION DE SU IMPORTE

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Nuestro bufete está ubicado a Barcelona, en Rambla de Cataluña, 14, 3-3, 08007.
Nuestro horario de atención es de lunes a viernes, de 9 a 14 y de 16 a 20.

Contestamos a tus preguntas

Para más información no duden en ponerse en contacto con nuestros profesionales que son expertos en solicitar y conseguir la nacionalidad española a favor de los interesados.

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Le atenderemos con profesionalismo.