En el marco del estado de alarma, se ha dictado la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declaró la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico (se incluyen aquí los hoteles, pisos turísticos, campings, etc).
Se permite la apertura excepcional para alojar a desplazados por servicios esenciales, como por ejemplo sanitarios, personas que deban desplazarse para atender a mayores, personas con discapacidad, pero el resto de los apartamentos turísticos tienen que quedar vacíos. Se permite además la estancia de aquellas personas que alquilan regularmente con contrato distinto a vivienda para temporadas que no hubieran de compartir servicios comunes con otros usuarios.
Aún así, tal como nos contaron varios clientes de nuestro despacho de abogados de Barcelona, algunos propietarios de viviendas de uso turístico todavía no se han adaptado a esta orden, sino más, buscan maneras de sortear la prohibición legal.
Continuar operando una vivienda turística en pleno confinamiento es una actividad ilegal
En un caso reciente tratado por este despacho observamos que hay propietarios que accionan de esta manera con turistas que quedaron atrapados en España y no pudieron volver a sus países. Personas que vinieron de vacaciones a España con una semana o días de antelación a la crisis actual, y no encontraron la manera de regresar a casa. En este caso, si el turista se encontró efectivamente en imposibilidad de dejar el piso alquilado durante el 14 de marzo y el 20 de marzo de 2020 y se vio obligado a permanecer en el apartamento turístico, opinamos y defendemos que el propietario no puede proceder a un desalojo forzado ni tampoco cobrarle para el periodo de tiempo que el turista se queda en dicha vivienda, durante el estado de alarma, considerándolo una situación de fuerza mayor. Entendemos que continuar operando una vivienda turística y hacer el agosto en pleno confinamiento es una actividad ilegal, genera un grave riesgo sanitario y puede ser delictivo, ya que se eluden las disposiciones legales.
Igualmente, aconsejamos a aquéllas personas que se encuentren en una situación similar, por ejemplo si vino a España de vacaciones y sigue confinado en la vivienda de uso turístico que no firme ningún otro contrato de alquiler de largo o corto plazo, y se ponga en contacto con un abogado si sufriere abusos o acoso del propietario para desalojar el mismo.
Si desea obtener más información sobre las novedades legales durante el estado de alarme, o si te encuentras en una situación relacionada con este tema y necesitas un abogado para aconsejarte o actuar ante los Juzgados y Tribunales, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo de abogados de Barcelona está especializado en derecho PENAL/ CIVIL/ derecho de familia/ derecho LABORAL y realizará todas las diligencias necesarias para un resultado satisfactorio. Llama a 932006766, o puedes contactarnos a través del correo secretaria@marinpasalodos.com. ¡Gracias por confiar en nuestro despacho de abogados de Barcelona!
Deja tu comentario